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Convocatoria de ayudas en especie para el alumnado del cuarto curso de ESO y del sexto curso de educación primaria para participar en programas de inmersión lingüística en lenguas extranjeras durante el verano del 2024

Convocar ayudas en especie para el alumnado del cuarto curso de educación secundaria obligatoria y del sexto curso de educación primaria de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares en el marco de cuatro programas de inmersión lingüística en lenguas extranjeras durante el verano del 2024.

Código SIA

3048014

Personas destinatarias

Los destinatarios de los programas de inmersión lingüística en lenguas extranjeras son alumnas de nivel no universitario (4t de ESO y 6è de educación primaria) de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares.

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses contadores a partir de la finalización del plazo para presentar solicitudes

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Educación y Universidades

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

1. Para optar a estas ayudas en especie el alumnado tiene que cumplir con los requisitos siguientes:

· Alumnado que opta a la modalidad A (4t curso de ESO , inglés ):

a) Estar escolarizado en un centro educativo sostenido con fondos públicos de las Islas Baleares y cursar 4t de ESO durante el curso escolar 2023-2024.

b) Haber cursado y aprobado la materia de lengua inglesa durante el curso escolar 2022-2023.

c) No haber sido beneficiario de ninguna ayuda en los programas de inmersión lingüística en lenguas extranjeras para el verano de 2023.

· Alumnado que opta a la modalidad B (4t curso de ESO , francés ):

a) Estar escolarizado en un centro educativo sostenido con fondos públicos de las Islas Baleares y cursar 4t de ESO durante el curso escolar 2023-2024.

b) Estar cursando la asignatura optativa de francés a su centro educativo durante el curso escolar 2023-2024.

c) Haber cursado y aprobado la materia optativa de lengua francesa durante el curso escolar 2022-2023.

d) No haber sido beneficiario de ninguna ayuda en los programas de inmersión lingüística en lenguas extranjeras para el verano de 2023.

· Alumnat que opta a la modalitat C (4t curs d'ESO, alemany):

a) Estar escolarizado en un centro educativo sostenido con fondos públicos de las Islas Baleares y cursar 4t de ESO durante el curso escolar 2023-2024.

b) Estar cursando la asignatura optativa de alemán a su centro educativo durante el curso escolar 2023-2024.

c) Haber cursado y aprobado la materia optativa de lengua alemana durante el curso escolar 2022-2023.

d) No haber sido beneficiario de ninguna ayuda en los programas de inmersión lingüística en lenguas extranjeras para el verano de 2023.

· Alumnado que opta a la modalidad D (6è curso de Educación Primaria, inglés ):

a) Estar escolarizado en un centro educativo sostenido con fondos públicos de las Islas Baleares y cursar 6è curso de Educación Primaria durante el curso escolar 2023-2024.

b) Haber cursado y aprobado la materia de lengua inglesa durante el curso escolar 2022-2023.

c) No haber sido beneficiario de ninguna ayuda en los programas de inmersión lingüística en lenguas extranjeras para el verano de 2023.

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días habilidosos contadores desde el día siguiente de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Educación y Universidades

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Lenguas Extranjeras y Proyectos Internacionales

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 2a planta). Tel.: 971177778 - Fax: 971176869

(spl@dgpice.caib.es)

X

Esmena de la sol·licitud presentada

Requisitos

Sol·licitants de l'ajut en espècie, les sol·licituds dels quals presenten defectes formals o omissió d'alguns dels documents exigits en el procediment.

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

Termini de 5 dies hàbils per a què el sol·licitant de l'ajut en espècie esmeni la falta o acompanyi els documents preceptius requerits.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Educación y Universidades

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Lenguas Extranjeras y Proyectos Internacionales

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 2a planta). Tel.: 971177778 - Fax: 971176869

(spl@dgpice.caib.es)

X

Reclamaciones a la propuesta de resolución provisional

Requisitos

Haber presentado dentro del plazo establecido y por registro la solicitud de ayudas en especie para el alumnado del cuarto curso de ESO y del sexto curso de educación primaria para participar en programas de inmersión lingüística en lenguas extranjeras durante el verano del 2024.

Documentación a presentar

Tenéis que adjuntar el modelo rellenado de instancia genérica (veáis el apartado "Modelos").

Modelos:

Plazo máximo

Las personas interesadas pueden presentar las reclamaciones que estimen oportunas dentro del plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación de la propuesta de resolución provisional a la página web de la Dirección general de Planificación y Gestión Educativas

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Educación y Universidades

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Lenguas Extranjeras y Proyectos Internacionales

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 2a planta). Tel.: 971177778 - Fax: 971176869

(spl@dgpice.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Planificación y Gestión Educativas

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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