Plazo de presentación: 30 días desde su aprobación

Deben presentarse al Registre de Colegios Profesionales de las Illes Balears los reglamentos de régimen interior que apruebe el órgano de gobierno correspondiente del Colegio, para su inscripción en la hoja registral abierta del mismo, de acuerdo a lo que dispone la letra e) del artículo 5 de la Orden del consejero de Presidencia de 21 de marzo de 2000, por la que se regulan la organización y el funcionamiento del Registro de colegios profesionales de las Illes Balears.

Les disposiciones deontológicas, o de ordenación del ejercicio profesional y las normas electorales, se publicarán en el Boletín Oficial de las Illes Balears, para que produzcan efectos jurídicos.

Documentación que debe aportarse:

9.1_Doc_adjunt_reglaments_reg_interior_es.pdf