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                                                                                                                                                                           Fecha de actualización: 04/04/2023

INDEMNIZACIONES A PERCIBIR POR LOS CARGOS PÚBLICOS A SU CESE

En la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, los titulares de consejerías, direcciones generales y en general los cargos públicos no percibirán indemnización alguna cuando cesen en sus funciones. Igualmente, los directores de organismos autónomos que se designan mediante un nombramiento o acto administrativo no perciben ninguna indemnización a su cese.

No obstante, los cargos (gerentes y otros órganos unipersonales de dirección) de los entes del sector público que firman contrato de alta dirección, dado que se les ha de aplicar la normativa laboral vigente, tienen derecho a percibir indemnización, de acuerdo con el art. 21.4 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, sólo si de dan estos supuestos y en las cuantías que se indican:

  • En caso de que la decisión de cese no sea del propio cargo (y siempre que éste no sea funcionario o empleado de una entidad del sector público con reserva de puesto): una indemnización no superior a siete días por año de servicio de la retribución anual en metálico, con un máximo de seis mensualidades.

  • En caso de falta del preaviso previsto en la Ley (15 días naturales): una indemnización de cuantía equivalente a la retribución correspondiente al período de preaviso incumplido.

Puede ver a continuación los cargos de entes del sector público a que nos hemos referido que han cesado en esta legislatura, con indicación de si han percibido o no indemnización al cese y el motivo de acuerdo con la Ley 7/2010 (según los datos suministrados por los entes respectivos):

Ente

Cargo Nombre Fecha cese
Cuantía percibida al cese (1) Motivo Base legal

Ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears (EPRTVIB)

Gerente Margarita Cardona 10/09/2021 0,00 €    
Director de radio Joan Forteza Mayol 31/05/2022 2.897,63 €

 Desistimiento   empresario

Art. 21.4 par.4 Ley 7/2010

Fundación Illes Balears de Acción Exterior (antes CBE)

Director/Gerente Mercè Pomar i Busqueta 23/07/2021 269,66 € Desistimiento   empresario  Art. 21.4 par.4 Ley 7/2010
Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears  (AETIB) Director/Gerente Manuel Porras Romero  06/08/2020 990,29 € Desistimiento   empresario Art. 21.4 par.4 Ley 7/2010
Director/Gerente Antònia Gabriela Alomar Mascaró 15/02/2021 547,95 € Falta preaviso Art. 21.4 par.4 Ley 7/2010
Adjunto/a a la gerencia Vicente Torres Ferrer 06/08/2020 1.528,19 € Desistimiento   empresario Art. 21.4 par.4 Ley 7/2010
Adjunto/a a la gerencia Esther Callizo Gaitero 04/07/2022 1808,24 Desistimiento   empresario Art. 21.4 par.4 Ley 7/2010
Consorcio Velódromo Illes Balears Director/Gerente Jaume Ordines Joan (por disolución Consorcio) Ente disuelto  desde el 1/1/2021 (ahora integrado en la Fundación para el Deporte Balear) 0,00 €    
Fundación para el Deporte Balear Director/Gerente Antoni Muñoz Socias 10/10/2021 0,00 €    
Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears (IdISBa) Gerente José Lladó Iglesias 24/04/2021 0,00 €    
Servicio de Información Territorial de las Illes Balears (SITIBSA) Gerente Pere Fuster Nadal 28/02/2020 0,00 €    
Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de les IB (FOGAIBA) Director/a-Gerente Mateu Morro Marcé 01/11/2022 0,00 €
Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)
Director/a Mateu Alexandre Malondra Flaquer 26/01/2022 2.260,69 € Falta preaviso Art. 21.4 par.4 Ley 7/2010
2.655,55 € Desistimiento   empresario Art. 21.4 par.4 Ley 7/2010
Entidad Pública Empresarial de Telecomunicaciones e Innovación de las Illes Balears (IBETEC) Director/Gerente Bartomeu Tugores Bautista 18/10/2021 5.259,72 € Desistimiento   empresario Art. 21.4 par.4 Ley 7/2010
Fundación Balear de Innovación y Tecnología (FBIT)
Gerente Álvaro Medina Ballester 05/10/2021 0,00 €    
Puertos de las Illes Balears
Director/Gerente Pedro Puigdengoles Briones 12/07/2020 0,00 €    
Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI) Directora Cristina Ballester Parets 09/05/2022 0,00 €    
Delegada Menorca Noemí Gomila Carretero 12/03/2021 0,00 €    
      18.217,92 €  

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ANEXO NORMATIVO

Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la comunidad autónoma de las Illes Balears

Artículo 21. Nombramiento, retribuciones y régimen jurídico de la gerencia y de los demás órganos unipersonales de dirección

4. Los titulares de la gerencia y de los otros órganos unipersonales de dirección del ente no percibirán ninguna indemnización en el momento de su cese, excepto la que pueda corresponderles de acuerdo con lo establecido en los párrafos siguientes de este apartado.

La extinción, por desistimiento del empresario, de los contratos de alta dirección únicamente da lugar a una indemnización no superior a siete días por año de servicio de la retribución anual en metálico, con un máximo de seis mensualidades. El cálculo de la indemnización se hará teniendo en cuenta la retribución anual en metálico que en el momento de la extinción se perciba como retribución fija íntegra y total, excluidos los incentivos o complementos variables.

No se tendrá derecho a ninguna indemnización cuando la persona, cuyo contrato de alta dirección se extinga por desistimiento del empresario, tenga la condición de funcionario de carrera o sea empleado de una entidad integrante del sector público con reserva de puesto de trabajo.

El desistimiento se comunicará por escrito, con un plazo máximo de antelación de quince días naturales. En caso de incumplimiento de este preaviso, la entidad deberá indemnizar a la persona con una cuantía equivalente a la retribución correspondiente al periodo de preaviso incumplido.

Real decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección