Palo de Mallorca
De acuerdo con el Reglamento (CE) nº 110/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, relativo a la definición, designación, presentación, etiquetado y protección de la indicación geográfica de bebidas espirituosas, y el artículo 9 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas, se hace público el expediente técnico de Palo de Mallorca.
- Más información: http://www.illesbalearsqualitat.es/iquafront/producte/341?lang=es
Se adjuntan los certificados vigentes que acreditan el cumplimiento del expediente técnico de Palo de Mallorca, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Reglamento de ejecución (UE) 2021/1236 DE LA COMISIÓN, de 12 de mayo de 2021, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2019/787 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las solicitudes de registro de indicaciones geográficas de bebidas espirituosas, el procedimiento de oposición, las modificaciones del pliego de condiciones, la anulación del registro, el uso de los símbolos y el control.
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