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Publicación de las listas provisionales de admitidos y de excluidos de las pruebas de lengua catalana de mayo de 2024

Publicación de las listas provisionales de admitidos y de excluidos de las pruebas de lengua catalana de mayo de 2024

  • Resolución de la directora general por la que se aprueban las relaciones provisionales de admitidos y de excluidos de las pruebas de mayo de 2024
  • Anexo 1. Relación provisional de admitidos (corregida)
  • Anexo 2. Relación provisional de excluidos
  • Anexo 3. Relación provisional de admitidos con adaptación de las condiciones de la prueba
  • Lista de motivos de exclusión
  • Solicitud de subsanación de la inscripción a las pruebas de lengua catalana

Consulte la lista provisional de admitidos (anexos 1 y 3). Si no figure en ella, consulte la lista provisional de excluidos (anexo 2) y el motivo de exclusión. Encontrará todos estos documentos al final de esta página.

PLAZO PARA ENMENDAR

Del 6 al 10 de mayo, ambos incluidos.

PROCEDIMIENTO DE ENMIENDA

A. Trámite de telemático

Acceda al trámite telemático del procedimiento de la Sede Electrónica y anexe la documentación requerida.

B. Trámite presencial

Se debe presentar la documentación siguiente:

  • La solicitud de subsanación correctamente cumplimentada y firmada. Encontrará el modelo de solicitud de subsanación al final de esta página.
  • Si procede, la documentación para completar, subsanar o corregir la solicitud de inscripción.

Presentación de la documentación

  • En las oficinas del Servicio de Formación y Certificación de Conocimientos de Catalán (c. de Alfons el Magnànim, 29, 1.º piso, puerta 3), sin cita previa.
  • En cualquiera de los lugares que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Consulte:

  1. Entidades locales integradas en el SIR
  2. Oficinas de registro del Gobierno de las Illes Balears

  • Por correo postal. En este caso, debe presentar los documentos dentro de un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos  pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.

HAY QUE TENER EN CUENTA...

A. Formalización de más de una inscripción

Tal y como establecen las bases de la convocatoria de pruebas, solo es posible inscribirse a las pruebas de un solo certificado. Las personas que hayan formalizado más de una inscripción, para enmendar tienen que enviar un mensaje electrónico a la dirección provescatala@iebalearics.org. Deben indicar el nombre completo, el DNI o NIE y el nivel al que quieren quedar inscritas.

B. Acreditación de la situación de desempleo

De acuerdo con el apartado 2.3 de la base tercera de la convocatoria de pruebas, el documento que se debe presentar para acreditar estar en situación de desempleo es el informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo del SOIB.

C. Falta de justificante de pago (modelo 046)

En el caso de exclusión por falta de presentación del justificado de pago (modelo 046), se puede poner en contacto con el ATIB en el teléfono 971 22 85 10 para poder recuperarlo y presentarlo dentro del plazo de enmienda.

D. Personas que no constan en ninguna lista

En el caso de personas que no constan en ninguna lista, se debe presentar el justificante de registro (presencial o telemático) para acreditar que se llevó a cabo el trámite dentro del plazo de inscripción.

INCORRECCIONES EN EL NOMBRE

Revise si su nombre  consta escrito correctamente; es decir, si aparece el nombre completo y oficial, si el orden de nombre y apellidos es el correcto, si los acentos son los que corresponden, etc. En caso de que haya algún error, comuníquelo a la dirección electrónica provescatala@iebalearics.org para poderlo corregir.

DEVOLUCIÓN DE TASAS

De acuerdo con la base séptima de la convocatoria de pruebas, únicamente se puede solicitar la devolución de la tasa de inscripción cuando no se haya podido formalizar la matrícula por causa imputable a la Administración, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de las relaciones definitivas de admitidos y de excluidos (21 de mayo). Este plazo se entiende sin perjuicio de lo que dispone el artículo 66 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria.

La devolución de la tasa se debe solicitar a la Dirección General de Cultura y se debe presentar la documentación acreditativa del pago de la tasa.

Consulte el procedimiento de devolución de pagos indebidos (https://www.caib.es/seucaib/ca/200/persones/tramites/tramite/3974886) en la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Documentación relacionada​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​

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