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Adaptación de las condiciones de la prueba

Adaptación de las condiciones de la prueba

Adaptación de las condiciones de la prueba

De acuerdo con las bases de la convocatoria de las pruebas de lengua catalana, las personas interesadas pueden solicitar la adaptación de las condiciones de la prueba:

  • Personas con una dicapacitat igual o superior al 33 %.
  • Personas con un diagnóstico por trastorno de la lectoescritura (dislexia) o por déficit de atención.

En ningún caso la adaptación de las condiciones de la prueba comporta una modificación de los objetivos, habilidades y competencias lingüísticas que se evalúan ni de los contenidos de la prueba. Todas las pruebas que se realizan en estas condiciones especiales se califican de acuerdo con los mismos criterios de evaluación que para el resto de examinandos.

La adaptación de las condiciones de la prueba se tiene que solicitar al formalizarse la inscripción y hay que presentar el correspondient informe en el plazo establecido. En caso contrario, las personas que hayan solicitado adaptación de las condiciones de la prueba constarán como inscritas, pero el tribunal no atenderá la petición de adaptación.

Si en convocatorias anteriores de pruebas la persona interesada ya ha presentado algunos de los documentos requeridos y todavía no han caducado, estos no se tienen que presentar nuevamente y en la solicitud de inscripción hay que indicar de qué documentos se trata y en qué convocatoria se presentaron.

PERSONAS CON UNA DISCAPACIDAD IGUAL O SUPERIOR Al 33 %

Las personas con una discapacidad igual o superior al 33 % reconocida legalmente que quieran solicitar la adaptación de las condiciones de la prueba tienen que presentar un informe expedido por la Dirección General de Atención a la Dependencia. Este informe se tiene que solicitar en una de las delegaciones del Servicio de Valoración y Orientación de la Discapacidad y la Dependencia o del Servicio de Atención a la Discapacidad:

  • Palma : avda. de Gabriel Alomar, 33 y c. de Joan Crespí, 11
  • Manacor: c. de Mossèn Andreu Pont, 4, local 2. Tel.: 971 17 76 63
  • Inca: c. de Ramon Llull, 73, bajos (antiguo edificio de la ONCE). Tel.: 971 17 78 99
  • Maó: avda. de Vives Llull, 42. Tel.: 971 17 60 31
  • Ibiza: c. del Obispo Abad i Lasierra, 47. Tel.: 971 17 71 42

En el momento de la inscripción, hay que presentar el informe mencionado o bien copia del documento que acredite que se ha solicitado dichoi informe de adaptación y la autorización de consulta del informe de adaptación de las condiciones de la prueba de lengua catalana.

En el supuesto de que no se autorice la consulta del informe de adaptación de las condiciones de la prueba de lengua catalana, hay que presentar el informe de la Dirección General de Atención a la Dependencia en un plazo de diez días hábiles desde la finalizacióndel plazo de inscripción.

PERSONAS CON TRASTORNO DE DISLEXIA O TDA

Las personas que tengan diagnosticado un trastorno de la lectoescritura (dislexia) o trastorno por déficit de atención (TDA) y que necesiten la adaptación de las condiciones de la prueba tienen que presentar un informe de una entidad competente en que se reconozca esta situación.

 

Servicio de Formación y  Certificación de Conocimientos de Català

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