Requisitos
a )Estar inscritas en el Registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo de las Islas Baleares, de acuerdo con el que establece el artículo 43 del Decreto 15/2018. Es necesario que la constitución legal de la entidad y su presencia efectiva en las Islas Baleares se hayan producido, como mínimo, dos años antes de la publicación de la convocatoria. A los efectos de lo que se establece respecto del requisito de la antigüedad que tienen que acreditar las entidades beneficiarias, en el caso de sucesión de entidades se tiene que respetar la antigüedad originaria de la entidad siempre que esta circunstancia se acredite en los nuevos estatutos.
b) Disponer de la organización y la capacidad suficientes y necesarias en las Islas Baleares para garantizar el cumplimiento de la actividad objeto de subvención y acreditar la experiencia en cooperación y la capacidad operativa necesarias mediante la memoria de actividades.
c) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
d) Haber justificado suficientemente las subvenciones o ayudas recibidas con anterioridad del Gobierno de las Islas Baleares, si es el caso.
e) No estar sometidas a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o a ningún procedimiento sancionador.
f) No incurrir ninguna de las prohibiciones que establecen el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, y el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
Documentación a presentar
Punto 5 de la convocatoria:
5.1. Todas las entidades solicitantes tienen que presentar la solicitud firmada por la persona que las representa legalmente. A esta solicitud, se debe adjuntar el formulario de proyectos de educación para la transformación social de la modalidad del apartado 1.2 que corresponda, disponible en la web http://dgcooper.caib.es. Este formulario, que es un documento indispensable para admitir la solicitud, se debe presentar, con todos los apartados cumplimentados, en soporte informático. Además, se tiene que presentar el original o una copia compulsada de la documentación siguiente:
a) Documento de identidad de la persona que representa legalmente la entidad.
b) Declaración responsable relativa a la veracidad de los datos bancarios (tiene que tener la titularidad la entidad solicitante), de acuerdo con el modelo normalizado disponible en la web http://dgcooper.caib.es. En el supuesto de que la cuenta ya esté de alta en la comunidad autónoma, basta de indicar aquella en la que se tiene que hacer el pago.
c) En el caso de las fundaciones, documento acreditativo de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones contables con el protectorado en el momento de presentar la solicitud.
d) En el caso de no autorizar a la Dirección General de Cooperación, en la solicitud, para comprobar que la entidad se encuentra al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, los certificados administrativos correspondientes.
e) Las declaraciones responsables siguientes, según los modelos facilitados en la web http://dgcooper.caib.es:
· De cumplimiento de las obligaciones de la entidad de acuerdo con lo que establecen el artículo 11 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, el Decreto 15/2018 y esta convocatoria.
· De no incurrir en ninguna causa de prohibición o de incompatibilidad para percibir la subvención.
· De todas las ayudas y las subvenciones solicitadas a cualquier institución, pública o privada, nacional o extranjera, relacionadas con la solicitud, o que se hayan concedido a la entidad.
· De disponer de la organización y la capacidad suficientes y necesarias para garantizar el cumplimiento de la actividad objeto de subvención en el momento que se publica la convocatoria.
· De no haber sido objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por haber ejercito o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.
5.2. No es necesario presentar los documentos que establece el punto 5.1, a excepción de los que se indican en los apartados c), d) y e ) —que se tienen que presentar necesariamente—, si no se ha producido ninguna modificación desde la última solicitud de subvención presentada a cualquiera de las convocatorias de subvenciones de la Dirección General de Cooperación. En este caso, la persona que representa legalmente la entidad tiene que hacer constar esta circunstancia en una declaración escrita.
5.3. La entidad solicitante puede presentar voluntariamente cualquier otra documentación escrita o gráfica que avale la ejecución del proyecto. Esta documentación complementaria se tiene que presentar como anexo y únicamente en soporte informático. Con la documentación, es necesario incluir una lista de los anexos presentados. En ningún caso la aportación de este material sustituye la información incluida en el formulario.
5.4. Con relación a la documentación que se determina en los apartados anteriores, se debe notificar al órgano competente para resolver el procedimiento cualquier modificación que se produzca durante el periodo subvencionado hasta que se notifique el cierre del expediente.
5.5. En el supuesto de que las solicitudes no cumplan los requisitos legales o los que exigen el Decreto 15/2018 y esta convocatoria, o no incorporen la documentación mencionada en los párrafos anteriores, se tiene que requerir a la entidad interesada que enmiende el defecto o aporte la documentación preceptiva, con la advertencia que, si transcurre el plazo de diez días hábiles y no lo ha subsanado, se considerará que desiste de la petición y se archivará el expediente sin más trámites, previa la resolución correspondiente, en los términos que prevé el artículo 21 de la Ley 39/2015.
5.6. Asimismo, si el procedimiento de concesión se paraliza posteriormente por cualquier causa imputable a la entidad solicitante de la ayuda, el órgano instructor le tiene que advertir que, transcurrido un plazo de quince días hábiles, se producirá la caducidad. Si acaba este plazo y la entidad solicitante no ha llevado a cabo las actividades necesarias para retomar la tramitación, el órgano instructor tiene que proponer al órgano competente para resolver el procedimiento el archivo de las actuaciones y, una vez dictada la resolución correspondiente, lo tiene que notificar a la entidad interesada.
5.7. Los proyectos de la modalidad A deben incluir una acreditación firmada por la Dirección del centro que manifieste que el centro conoce el proyecto en detalle y que tiene la intención de participar. Esta acreditación se puede presentar junto con la solicitud o, como máximo, quince días antes de iniciar las actividades en cada centro.
5.8. Se tiene que presentar el certificado que acredite que las personas que trabajan, profesional o voluntariamente, o que hacen actividades en contacto habitual con menores no consten en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, de acuerdo con la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, modificada por la Ley 26/2015, de 28 de julio, y la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de voluntariado. Este certificado se puede presentar junto con la solicitud o, como máximo, quince días antes de empezar las actividades.
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
El plazo de presentación de las solicitudes es el siguiente:
· Para proyectos de la modalidad A, el plazo es de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente de haberse publicado esta convocatoria en Boletín Oficial de las Illes Balears. (Hasta el 30/04/2021). Ampliación de plazo hasta el 10/05/2021.
· Para proyectos de la modalidad B, el plazo empieza el día siguiente de haberse publicado esta convocatoria en Boletín Oficial de las Illes Balears y finaliza el 28 de junio de 2021.
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Cooperación e Inmigración
Contacto
Servicio o Sección responsable
Dirección General de Cooperación e Inmigración
Pl. de la Drassana, 4.
Tel.: 971177200
- Fax:
(jfortuny@dgcooperacio.caib.es)