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¿Desde cuándo está vigente el derecho a otorgar la declaración de voluntades anticipadas?

Es la Ley 1/2006, de 3 de marzo de voluntades anticipadas la que da cobertura a este derecho del ciudadano y paciente. La Ley salió publicada en el BOIB nº 36 de 11 de marzo de 2006, entrando en vigor a los tres meses de su publicación, es decir el 11 de junio de 2006.

¿Qué sucede si la Declaración tiene alguna exigencia contraria al ordenamiento jurídico?

La ley 41/2002 de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, concretamente en su artº 11, dejá explícitamente bien claro que quedan circunscritas siempre al marco legal vigente, dentro de los límites deontológicos y de la lex artis que debe siempre cumplir el médico.

En la Ley 1/2006 de 3 de marzo de Voluntades Anticipadas de la Comunitat Autónoma de les Illes Balears, se señala en su artº 6 que se tendrán por no puestas las Instrucciones contrarias al Ordenamiento jurídico o a la buena práctica clínica o las que no correspondan exactamente con el supuesto de hecho que la persona haya previsto a la hora de emitirlas. En estos casos el incumplimiento de las instrucciones se debe motivar y anotar en la historia clínica del paciente.

¿Puede un médico negarse a consultar una Declaración de Voluntades Anticipadas?

Se trata de una obligación del médico, pues él es el destinatario de la Ley 1/2006 de 3 de marzo, en su artº 4.

¿Tengo la obligación de informar a los pacientes de hacer su Declaración de voluntades anticipadas?

La normativa vigente dice textualmente. Por otro lado, es novedosa la regulación expresa de los deberes de los profesionales sanitarios respecto a los testamentos vitales, al establecer la obligación de proporcionar a las personas información sobre la declaración, de recabar información sobre si se ha otorgado, de consultar, si procede, el Registro de Voluntades Anticipadas para conocer su contenido, y el deber de respetar los valores y las instrucciones contenidos en el documento.
 

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