Portal Transparència

 

¿Cómo se organiza la transparencia en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears?

El Portal de Transparencia es una plataforma gestionada por la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas (por medio de la Dirección General de Coordinación y Transparencia) mediante la que se puede acceder a la información de publicidad activa que suministran las diferentes unidades responsables de cada tipo de información.

La Dirección General de Coordinación y Transparencia, a través de la Unidad de Coordinación de Transparencia, de acuerdo con el Decreto 31/2023, de 22 de mayo, por el cual se establece la organización administrativa en materia de transparencia y se desarrolla el ejercicio del derecho de acceso a la información pública en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y en su sector público instrumental, es la encargada de la coordinación en materia de derecho de acceso a la información pública mediante el asesoramiento a las unidades de transparencia, la propuesta de criterios homogéneos de respuesta y el establecimiento de directrices para garantizar una tramitación uniforme en toda la Comunidad Autónoma y su sector público instrumental:

  • Elabora y publica las estadísticas relativas a las solicitudes de acceso a la información pública y a las reclamaciones en materia de derecho de acceso.
  • Organiza y gestiona el Registro único de solicitudes de acceso a la información pública presentadas ante la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears o ante los entes de su sector público instrumental.
  • Resuelve la no admisión a trámite de las solicitudes en los casos establecidos en el apartado 2 del artículo 36 del Decreto 31/2023, de 22 de mayo, o el archivo de las solicitudes en los casos previstos en el apartado 3 del mismo artículo.

Cada consejería, a través de su unidad de transparencia, tramita  aquellas solicitudes que versen sobre materias de su competencia o de los entes que tenga adscritos. Finalmente, el o la titular de la consejería competente dictará la resolución que corresponda de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 del mencionado Decreto.

En relación al derecho de acceso a la información pública, y de acuerdo con lo que prevé la disposición adicional 4ª de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, se ha firmado un Convenio entre el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears por el que se atribuye al Consejo la competencia para la resolución de las reclamaciones previstas en el artículo 24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El convenio tiene vigencia inicial de dos años, con el fin de que éste gestione, resuelva y notifique las reclamaciones que pueda plantear la ciudadanía ante las resoluciones expresas o presuntas reguladas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia y emitidas por los órganos pertenecientes a las administraciones de las Islas Baleares (Comunidad Autónoma de las Illes Balears, consejos insulares, ayuntamientos o entidades del sector público dependientes o vinculadas a estas administraciones).

Encontrará toda la información en su página web: http://www.caib.es/sites/reclamacionsinformacio/es/inici/