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Estructura del Gobierno de las Illes Balears

Organigrama y funciones (Legislatura 2021-2023)

Administración > Organización > Organigrama y funciones

De acuerdo con el que dispone el Estatuto de Autonomía, la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears y la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, corresponde al presidente determinar la composición del Gobierno y configurar la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

El apartado 1 del artículo 13 y el artículo 14 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears establecen las atribuciones genéricas de las secretarías generales. El segundo apartado del artículo 3 del Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears atribuye a determinadas secretarías generales algunas atribuciones especiales.

Las funciones o competencias materiales de cada órgano se determinan por el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consellerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 25/2021, de 8 de marzo, de la presidenta de las Illes Balears.

 

Fecha de actualitzación: 05/01/2023

NORMATIVA SOBRE LA ORGANIZACIÓN DEL GOBIERNO Y DE LAS CONSEJERÍAS

                            * Enlace a la versión consolidada (solo disponible en catalán)

OTRA NORMATIVA

RÉGIMEN DE SUPLENCIAS

ESTRUCTURA DEL GOBIERNO DE LAS ILLES BALEARS (LEGISLATURA 2015-2019) Enlace

ESTRUCTURA DEL GOBIERNO DE LAS ILLES BALEARS (LEGISLATURA 2019- febrero 2021) Enlace