TASA REGISTRO DE ENTIDADES DEPORTIVAS

 

Cuadro importe Tasa Registro de Entidades Deportivas

Solicitud de inscripción de la constitución de las entidades deportivas 51,36€
Solicitud de inscripción de la modificación de estatutos de las entidades desortivas 15,41€
Solicitud de inscripción de nombramiento, suspensión y cese de los miembros de la JD 15,41€
Solicitud de declaración de la condición de utilidad pública de los clubs deportivos 20,54€
Solicitud de inscripción de la adaptación de los estatudos a la normativa vigente 20,54€
Expedición de certificados 5,14€
Solicitud de listados Primera hoja 3,08€
Segunda hoja 1,54€/hoja
Fotocopias (en blanco y negro) de medida DIN A4 0,092446€/hoja

 

La Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2014 añade un nuevo capítulo, el capítulo II en el título VII de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Este capítulo se refiere a la creación de la Tasa por actuaciones del Registro de Entidades Deportivas de las llles Balears.

Constituyen el hecho imponible de esta tasa:

a) La inscripción de la constitución de las entidades deportivas.

b) La inscripción de la modificación de estatutos de las entidades deportivas.

c) La inscripción del nombramiento, la suspensión y el cese de los miembros de la junta directiva o del órgano de representación.

d) La tramitación del procedimiento de declaración de la condición de utilidad pública de los clubes deportivos.

e) La inscripción de la adaptación de los estatutos de las entidades deportivas a la normativa vigente.

f) La expedición de certificados.

g) La solicitud de listados.

h) Las fotocopias.

Son sujetos pasivos de esta tasa las personas físicas y jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que soliciten las actuaciones a que se refiere el hecho imponible.

Respecto a la cuantía, la tasa se exigirá de acuerdo con las tarifas para 2015 que se indican para cada uno de los conceptos siguientes:

a) Por la solicitud de inscripción de la constitución de las entidades deportivas: 50,00 €.

b) Por cada solicitud de inscripción de la modificación de estatutos de las entidades deportivas: 15,00 €.

c) Por cada solicitud de inscripción del nombramiento, la suspensión y el cese de los miembros de la junta directiva o del órgano de representación: 15,00 €.

d) Por la solicitud de declaración de la condición de utilidad pública de los clubes deportivos: 20,00 €.

e) Por la solicitud de inscripción de la adaptación de los estatutos de las entidades deportivas a la normativa vigente: 20,00 €.

f) Por la expedición de certificados: 5,00 €.

g) Por la solicitud de listados:

- Primera hoja: 3,00 €.

- Hojas siguientes: 1,50 €/hoja.

h) Por las fotocopias (en blanco y negro) de tamaño DIN A4: 0,09 €/hoja.

La tasa se devengará en el momento en que se presenta la solicitud que motive el servicio o la actuación administrativa que constituya el hecho imponible, de acuerdo con el que dispone el artículo 10.1.b) de la Ley 2/1997, de 3 de junio, de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

La tasa se exigirá en régimen de autoliquidación. La justificación del ingreso se presentará junto con la correspondiente solicitud, con excepción de los supuestos a los cuales se refieren las letras f), g) y h) del artículo 348 bis, en los que la justificación del ingreso se realizará en el momento de la recogida de los documentos objeto de la solicitud.

El pago de la tasa puede realizarse:

a) Telematicamente: a través del portal de la Agència Tributaria de les Illes Balears, seleccionando como organismo: Conselleria de Participación, Transparencia y Cultura.

b) Presencialmente: rellenando el documento "modelo 046" que podreis encontrar en el registro de cualquier conselleria del Govern de les Illes Balears y siguiendo las instrucciones que encontrareis al dorso del documento.