Linea de avales ICO para empresas y autónomos para paliar los efectos económicos del COVID-19

La línea de avales tiene por objetivo cubrir los nuevos préstamos y otras modalidades de financiación y las renovaciones concedidas por entidades financieras a empresas y autónomos para atender las necesidades de financiación derivadas, entre otras, los pagos de los salarios, facturas, necesidad de circulante u otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de plazos de obligaciones financieras o tributarias.

  • Los préstamos avalados tendrán que haber sido formalizados a partir de día 17 de marzo de 2020.

  • Los acreditados no tienen que estar sujetos a un procedimiento concursal a fecha de 17 de marzo de 2020.

Avales

a) 10.000 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a autónomos y pymes.

  • Máximo 80% de la operación

  • Plazo: coincidirá con plazo operación hasta un máximo de 5 años

b) 10.000 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a empresas que no reúnan la condición de pyme.

  • Máximo 70% de nuevas operaciones y 60% de operaciones de renovación.

  • Plazo: coincidirá con plazo operación hasta un máximo de 5 años


Remuneraciones de los avales: según anexe Y de la Resolución.

Normativa de aplicación

Resolución de 25 de marzo de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Espaldarazo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de marzo de 2020, por el que se aprueban las características del primer tramo de la línea de avales del ICO por empresas y autónomos, para paliar los efectos económicos del COVID-19.

BOE num 83 de 26 de marzo de 2020

Preguntas frecuentes

1. ¿Qué es el ICO?

ICO es una entidad de crédito pública que actúa como banco público de inversión y financiación a empresas, pymes y autónomos, y como Agencia Financiera del Estado.

2. ¿Quién puede pedir el aval?

Trabajadores autónomos, pymes y empresas de todos los sectores de actividad, con domicilio social en España y la actividad de la cual se vea afectada por los efectos del COVID 19

3. Para que puedo pedir el aval?

Para garantizar los préstamos o renovaciones concedidos a empresas y autónomos para atender necesidades de financiación como:

  • Pago salarios

  • Facturas

  • Necesidadde circulante

  • Otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de plazos de obligaciones financieras y tributarias.


4. ¿Tiene algún coste el aval?

El coste del aval será asumido por la entidad financiera que formalice la operación del préstamo.

5. ¿Puede la entidad financiera trasladar al cliente el coste del aval?

La entidad financiera tiene la obligación de garantizar que el coste de los nuevos préstamos y renovaciones que se beneficien de estos avales se mantengan en linea con los costes aplicados antes de la crisis del COVID 19

6. ¿Donde se puede solicitar el aval?

En cualquier de las entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de pago o entidades de dinero electrónico que hayan subscrito con el ICO los correspondientes acuerdos de colaboración. Las entidades financieras serán las encargadas de analizar y aprobar la nueva operación de préstamo o renovación.

7. ¿Donde puedo acudir para pedir este préstamo ICO?

Toda la información está en la web www.ico.es y a www.mineco.gob.es