Funciones de la Secretaría

 

Conrresponden a la Secretaría de la Central de Contratación las siguientes funciones:

a) Tramitar, en los términos que establece el Decreto 56/2012 de 13 de julio, los expedientes de contratación centralizada de las obras, los suministros y los servicios sobre los cuales haya recaído la declaración de contratación centralizada.

b) Elaborar los pliegos de cláusulas administrativas particulares y los pliegos de prescripciones técnicas que regirán la contratación de las obras, los suministros y los servicios delcarados de contratación centralizada, sin perjuicio de que, para elaborarlos, se solicite asesoramiento a órganos especializados en función de las obras, los suministros y los servicios que se tienen que contratar.

c) Atender las solicitudes cursadas por los órganos de contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de los entes que integran el sector público autónomico para la contratación, por parte de la Central de Contratación de las obras, de los suministros y los servicios declarados de contratación centralizada no homologados.

d) Gestionar los contenidos del catálogo de obras, suministros y servicios homologados previstos en el artículo 11 del Decreto 56/2012 de 13 de julio.

e) Enviar la documentación que corresponda al Registro de Contratos en relación con los contratos previstos en el Decreto 56/2012 de 13 de julio.

f) El resto de competencias que le atribuya la normativa vigente.