4 abril 2020 Consejería de Movilidad y Vivienda

COVID-19: El Govern habilita un servicio telefónico de atención a la ciudadanía sobre las ayudas en materia de vivienda NNota Informativa

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COVID-19: El Govern habilita un servicio telefónico de atención a la ciudadanía sobre las ayudas en materia de vivienda

/El servicio estará operativo a partir de lunes con un horario de lunes a viernes de 8h a 19h

La Conselleria de Movilidad y Vivienda pone a disposición de la ciudadanía un servicio de atención telefónico para asesorar y resolver dudas entorno a las ayudas que se han aprobado en el ámbito estatal y en el ámbito autonómico en materia de vivienda.

Este servicio estará operativo a partir de lunes con un horario de las 8 h de la mañana hasta las 19 h de la tarde donde aquellos ciudadanos que se quieran acoger a alguna de las medidas en materia de vivienda se podrán dirigir para ser asesorados y resolver las dudas sobre el procedimiento y los criterios para acogerse. El teléfono de atención al público es el 900 10 79 20.

Entre las medidas que se pueden acoger los ciudadanos que se hayan visto perjudicados por la crisis provocada por el COVID19, destacan las ayudas al alquiler con la apertura de una línea de microcréditos sin gastos ni intereses para pagar el alquiler y a devolver en seis años, protegiendo de este modo a las personas que no puedan hacer frente al pago de la renta y garantizar de su cobro a los pequeños arrendatarios. En el caso que el propietario del piso sea un gran tenedor de vivienda, se ofrecerá a los inquilinos una reducción del 50% del alquiler o una reestructuración de la deuda en tres años; en cualquier caso estos inquilinos también se pueden acoger a las líneas de ayudas públicas. Además, quedan suspendidos todos los desahucios, sin alternativa residencial hasta que se cumplan seis meses desde el final del estado de alarma y se prorrogan seis meses los contratos de alquiler que estaban a punto de finalizar. En el caso de las hipotecas, existe una moratoria de hasta 3 meses del pago de la cuota hipotecaria. Esta moratoria también afecta a los locales comerciales u oficinas de autónomos que hayan visto reducida su actividad provocada por la crisis de el COVID19. En cuanto a los inquilinos del IBAVI quedan exentos del pago y de todos los gastos derivados del alquiler durante los meses de abril y mayo (prorrogable hasta el mes de junio). Y se pone en marcha de forma inmediata, desde Govern de las Islas Baleares, 9 millones de euros para pagar las ayudas de alquiler que se encontraban en trámite en estos momentos y que los ciudadanos las cobrarán este mismo mes de abril, así como la incorporación de nuevos criterios para la convocatoria de 2020 de las ayudas de alquiler porque se puedan acoger aquellos ciudadanos que se han visto afectados económicamente debido a la crisis de el COVID19.

En el enlace siguiente se puede consultar més información en relación a las ayudas en materia de vivienda: http://www.caib.es/sites/faqs-covid/ca/mesures_habitatge/