15 mayo 2020 Consejería de Transición Energética y Sectores Productivos

Reactivación económica: La venta de animales vivos, ropa y artículos de artesanía también estará permitida en la reapertura de los mercados al aire libre NNota Informativa

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Reactivación económica: La venta de animales vivos, ropa y artículos de artesanía también estará permitida en la reapertura de los mercados al aire libre

/La Conselleria de Transición Energética y Sectores Productivos considera estos productos de primera necesitado y por tanto se pueden vender en la Fase 1

La Conselleria de Transición Energética y Sectores Productivos permitirá que los mercados al aire libre puedan incluir la venta de animales vivos para el consumo, productos textiles, enseres para el hogar o artículos de artesanía, durante la reapertura permitida en la Fase 1 del plan de desescalada.

Después de una reunión que han mantenido el director general de Comercio, Miquel Piñol y la directora general de Políticas para la Soberanía Alimentaría, junto con representantes de la FELIB y de algunos municipios de Baleares, se ha acordado que se trata de productos de "primera necesidad" para muchos municipios y que en consecuencia se podrán acoger al que establece la Orden SND/399/2020 del 9 de mayo del 2020, que limita la venta en productos agroalimentarios y de primera necesidad.

En este sentido, también pasan a ser considerados dentro de esta categoría, los productos de uso diario y reiterativo, como por ejemplo herramientas de trabajo, o aquellos que no se puedan encontrar a los establecimientos comerciales del municipio a fin de que los colectivos más vulnerables, como por ejemplo gente mayor o personas con movilidad reducida, puedan acceder a su compra.

Desde la Conselleria se recuerda las medidas y condiciones de seguridad que tendrán que seguir los mercados al aire libre durante la reapertura como por ejemplo establecer un máximo del 25% de las paradas habituales y limitar el aforo en un tercio máximo del habitual. A la vez, los ayuntamientos tendrán que establecer los requisitos de distancia entre las paradas y las condiciones de delimitación del mercado para garantizar la seguridad y las distancias entre vendedores, entre clientes y vendedores, y entre los mismos clientes. Para facilitar esto, se podrá aumentar la superficie habilitada para el ejercicio de la actividad. Por su parte, se recuerda que las paradas tienen que garantizar la no manipulación de los productos comercializados.