15 marzo 2020 Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo

COVID-19: El Govern recuerda que las empresas no pueden despedir y explica las alternativas de actuación legal ante la gravedad de la situación de emergencia extraordinaria NNota Informativa

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COVID-19: El Govern recuerda que las empresas no pueden despedir y explica las alternativas de actuación legal ante la gravedad de la situación de emergencia extraordinaria

El conseller Negueruela recuerda que los trabajadores tienen derecho a no ser despedidos, y recuerda que el procedimiento legalmente establecido es el Expediente de Regulación Temporal de Empleo

El conseller de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, Iago Negueruela, se ha reunido con los agentes económicos y sociales para recordar que las empresas no pueden despedir los trabajadores a causa de la situación causada por el COVID19, sino que se tienen que acoger a fórmulas y procedimientos legalmente establecidos para reducir los efectos negativos de estas circunstancias extraordinarias.

En este sentido, el conseller ha recordado que se trata de una situación complicada tanto por los trabajadores y trabajadoras, como para personas autónomas y las empresas, y ha agradecido todo el esfuerzo que se está haciendo por parte de todos para hacer frente a la situación.

No obstante, ha recordado que a pesar de hay una situación de emergencia extraordinaria, las empresas pueden recurrir únicamente a Expedientes de Regulación Temporal de Empleo  (ERTE) para garantizar los lugares de trabajo, que quedan “temporalmente suspendidos”.

En este sentido, el ERTE puede ser también a causa de fuerza mayor en el caso de aquellas empresas subcontratadas que dependen de otra que ha tenido que cerrar a la fuerza mayor. En el caso de estas contratas, el ERTE también será por causas de fuerza mayor.

Así mismo, también se puede cursar un ERTE en aquellos sectores donde se acredite una caída de la producción. En este caso, el expediente es un ERTE motivado por caída e la producción, que tiene su procedimiento de tramitación propio.

El consejero recuerda que, en todos los supuestos, se suspende temporalmente el contrato, pero no se pierden los derechos de las personas trabajadoras una vez se retome la actividad.

Finalmente, Negueruela ha recordado que en el caso de las empresas que tienen una contrata con el pago garantizado por parte de una administración, los trabajadores tendrán que percibir un permiso retribuido, y no cabe la posibilidad de ERTE. También ha indicado, por tranquilidad de las empresas, que los expedientes tienen un efecto retroactivo, por lo cual ha pedido a las empresas que se informen bien y no precipiten decisiones.

Mensaje de tranquilitat

Por otro lado, el conseller ha querido lanzar un mensaje de tranquilidad hacia las empresas, anunciando que la Administración posará todos los mecanismos a su alcance tanto para resolver dudas que se vayan generando cómo para agilizar la tramitación de los expedientes. En este sentido, ha indicado que tanto Inspección de Trabajo como la propia Consellería posará medios para asesorar y ayudar a agilizar todo el procedimiento.

Así mismo, también ha recomendado a las empresas que se posen en contacto con sus servicios de asesoría y gestores para poner en marcha cada procedimiento.

Si queréis consultar la rueda de prensa entera, lo podéis hacer aquí: https://www.youtube.com/watch?v=riNdr3QmVz4#action=share 

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